El 14 de marzo de 2022, Dziennik Gazeta Prawna publicó un artículo con comentarios de un experto en BTTP. El artículo proporciona información sobre los plazos de declaración de impuestos.
Actualmente, según la normativa COVID, no existe la obligación de informar sobre acuerdos tributarios internos (MDR) al director de la Administración Nacional de Ingresos. Esta obligación queda suspendida hasta el 30.º día siguiente a la fecha de levantamiento del estado de amenaza epidémica y del estado de epidemia. Esto se debe al artículo 31y de la Ley Anticrisis del 2 de marzo de 2020 (Boletín Oficial de la República, artículo 374, y sus modificaciones).
Emil Gierasimowicz, asesor fiscal de BTTP, señala que los datos del Ministerio de Salud no indican que la pandemia vaya a remitir pronto, por lo que no deberíamos apresurarnos a suspender los plazos de presentación de informes de MDR. "Sin embargo, sin duda merece la pena presentar la información de MDR de forma continua. Esto evitará que los contribuyentes se vean obligados a presentar varios informes a la vez una vez finalizada la pandemia y se suspendan los plazos", opina el experto.


