Denis Foks, asesor jurídico, y Emil Gierasimowicz, asesor fiscal, comentaron para Business Insider una sentencia innovadora sobre la calificación de las propinas dadas a los camareros a través de una terminal de pago.
Se trata de la sentencia del Tribunal Administrativo Regional de Varsovia relativa a una cadena de restaurantes. «Sin embargo, la sentencia podría tener un impacto significativo en todo el sector de la restauración», argumenta Emil Gierasimowicz, asesor fiscal de BTTP, el bufete que representa a la cadena ante los tribunales. El experto explica que, hasta ahora, las autoridades fiscales consideraban que una propina pagada con tarjeta junto con la cuenta de la comida constituía un ingreso derivado de la relación laboral de un camarero. El Tribunal Administrativo Regional de Varsovia consideró incorrecta la interpretación de las autoridades fiscales.
Como explica Denis Foks, asesor jurídico de BTTP, en el caso de ingresos de otras fuentes, la empresa no tiene que recaudar anticipos del IRPF sobre dichas propinas y no se recaudan cotizaciones a la seguridad social ni al seguro médico sobre ellas.
— La sentencia del Tribunal Administrativo Provincial, aunque todavía no es definitiva, Puede constituir un avance en el enfoque actual de las autoridades fiscales respecto a la calificación de las propinas transferidas a través de una terminal de pago como fuente adecuada de ingresos. — evalúa Emil Gierasimowicz. Destaca que las autoridades fiscales han basado su posición anterior y la clasificación de las propinas como ingresos laborales en criterios que no están contemplados en ninguna normativa legal. — No existe ninguna disposición en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que condicione la clasificación de una determinada prestación como renta del trabajador a la forma de transferencia. A pesar de ello, las autoridades fiscales, en casos similares, han adoptado la postura de que «todo tipo de pagos» deben incluirse en los ingresos laborales, siempre que se realicen físicamente a través del terminal del empleador, independientemente de si estos beneficios se derivan o no de la relación laboral. Es alentador que el Tribunal Administrativo Regional de Varsovia también haya reconocido esto, comenta Denis Foks.
El experto señala que esto no cambia mucho en las liquidaciones de impuestos de los propios camareros, quienes aún deben presentar la declaración de la renta personal por las propinas recibidas, ya sean en efectivo o en especie. Sin embargo, es importante destacar que las propinas contabilizadas bajo otras fuentes de ingresos no estarán sujetas a impuestos.
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