El impuesto se aplica sólo cuando se cambian bitcoins por moneda tradicional (por ejemplo, zloty) o cuando se compran bienes y servicios con ellos, confirmó el Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn.
Esta es probablemente la primera sentencia favorable a los operadores de criptomonedas. Anteriormente, el Ministerio de Hacienda indicó la necesidad de pagar el impuesto sobre la renta personal (IRPF) al intercambiar criptomonedas por otras en un comunicado publicado en su sitio web. El Tribunal Administrativo Regional de Gliwice emitió una sentencia igualmente desfavorable el 11 de abril de 2018 (expediente I SA/Gl 248/18).
Intercambio sin PIT
Sin embargo, el Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn consideró que en la práctica no era posible determinar la base imponible en tal situación.
Ya señalamos este problema en el artículo «Los usuarios de Bitcoin deben pagar impuestos, pero no está claro cómo calcularlos» (DGP n.º 74/2018). Señalamos que las plataformas de intercambio virtuales generalmente no ofrecen los medios técnicos para determinar el valor de las criptomonedas intercambiadas en el momento de la transacción. Muchas plataformas permiten determinar su valor histórico en un minuto, pero no en un segundo. Sin embargo, en un instante, pueden ganar o perder incluso el equivalente a varias decenas de dólares o euros.
Este argumento fue planteado por un contribuyente que presentó una queja contra las interpretaciones del Director de Información Tributaria Nacional. El Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn quiso verificarlo, por lo que, durante la audiencia, preguntó al representante del Director de Información Tributaria Nacional cómo determinar técnicamente el valor de los ingresos al intercambiar una moneda virtual por otra. Sin embargo, el representante no pudo ofrecer ninguna aclaración.
Por lo tanto, el tribunal consideró que el PIT debe pagarse solo cuando se convierte dinero virtual en moneda tradicional (por ejemplo, zloty, euros, dólares) o cuando se compran bienes o servicios.
Favorablemente sobre los costos
El tribunal también falló a favor de los bitcoiners en cuanto a los costes deducibles de impuestos para quienes llevan un libro de ingresos y gastos. El procedimiento de documentación se especifica, en general, en el Reglamento sobre el Mantenimiento de un Libro de Ingresos y Gastos Tributarios (Boletín Oficial de 2003, n.º 152, punto 1475). Sin embargo, en algunos casos, la compra de bitcoins no puede confirmarse de la forma especificada en dicho reglamento, lo que implica que el impuesto sobre la renta personal (IRPF) debería pagarse sobre los ingresos, no sobre los ingresos.
El Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn aceptó el argumento de que el artículo 22, apartado 1, de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es más importante en este caso. Por lo tanto, para deducir los ingresos por el coste de la compra de criptomonedas, basta con presentar un extracto de las transacciones de criptomonedas de una plataforma de intercambio virtual o una confirmación de transferencia bancaria, dictaminó el tribunal.
Aunque la demanda no abordó esta cuestión, el juez ponente también abordó la afirmación del Director de la Oficina Nacional de Información Tributaria de que la compra de bitcoins constituye un coste indirecto y se reconoce en el momento de su realización. Sin embargo, el tribunal sostuvo que dichos costes deben reconocerse mediante el método FIFO (primero en entrar, primero en salir) aplicable a las divisas y medios de pago.
No es dinero
El Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn también consideró la naturaleza de las criptomonedas. Cabe recordar que, en su sentencia del 6 de marzo de 2018 (ref. II FSK 488/16), el Tribunal Administrativo Supremo dictaminó que constituyen derechos de propiedad.
Sin embargo, finalmente el Tribunal Administrativo Regional no abordó esta cuestión directamente. En su lugar, citó la definición de la Autoridad Bancaria Europea. Esta establece que una moneda digital es una representación digital de valor, no emitida por un banco central ni una autoridad pública, que puede ser reconocida por personas físicas y jurídicas como medio de pago. Se trata de un tipo de acuerdo entre partes que utilizan criptomonedas. No son dinero, no son de curso legal y no existen en la realidad (como billetes, monedas o tokens), explicó la autoridad europea.
Sin PIT ni PCC
La sentencia del Tribunal Administrativo Regional de Olsztyn es una buena noticia para los operadores de divisas. En abril de este año, el viceministro de Finanzas, Paweł Gruza, anunció que el ministerio prepararía rápidamente regulaciones que eximirían del cobro de impuestos sobre las transacciones civiles relacionadas con la compra e intercambio de criptomonedas.
OPINIÓN
Dos sentencias favorables
Krzysztof Burzyński, asesor fiscal y socio de BTTP
En sus sentencias, el tribunal de Olsztyn comparó las disposiciones aplicables de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con la práctica del mercado. Por lo tanto, cuestionó la postura del Director del Servicio Nacional de Información Tributaria (KIS), quien pretendía trasladar al contribuyente todo el riesgo asociado a la determinación de la base imponible para las transacciones de intercambio de criptomonedas. En su lugar, el tribunal preguntó directamente al abogado del director: "¿Cómo debe determinarse la base imponible para las transacciones de intercambio?" y se negó a dejarse influir por el argumento de que el empresario debe establecer la base, que solo se verificaría durante un posible procedimiento de auditoría.
El tribunal entendió que aceptar el cargo de director significaría que decenas de miles de personas tendrían dificultades para determinar su base imponible al intercambiar moneda virtual. Las autoridades fiscales y los tribunales administrativos se verían inundados de casos de este tipo.
Igualmente importante es la sentencia que permite la posibilidad de documentar los costes fiscales incurridos en la adquisición de criptomonedas utilizando los documentos disponibles, no necesariamente los indicados en la normativa sobre llevanza de un libro libro fiscal de ingresos y gastos.
Se están considerando otras denuncias en casos similares en otros tribunales provinciales. Sin embargo, la futura sentencia del Tribunal Supremo Administrativo será crucial. Se espera que, para entonces, el ministerio haya desarrollado un modelo claro y transparente de liquidación de impuestos para el comercio de criptomonedas.
http://podatki.gazetaprawna.pl/artykuly/1122601,pit-zmiana-kryptowaluty-na-kryptowalute.html


